CNMV avisa que no comunicar ventas a corto que superen el 0,25% es indicio de manipular al mercado
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) advierte de que no comunicar una posición corta cuando supere el 0,25% del capital social admitido a negociación "será considerado indicio de manipulación de mercado". Según informa hoy en su web, también se entenderá como manipulación mentir al intermediario sobre la disponibilidad de los valores al ordenar una venta, o remitir información falsa o engañosa sobre posiciones a corto a la CNMV para su publicación.
23 Septiembre 2008 -
19:50
Actualizado a las
00:00
El comité ejecutivo de la institución que preside Julio Segura insta a los intermediarios a que subordinen la ejecución de una orden a la acreditación de la disponibilidad de los valores por parte del ordenante.
No obstante, según recoge el acuerdo alcanzado ayer por el comité, el intermediario podrá aceptar una declaración verbal del ordenante de la operación siempre que exista una prueba de la manifestación, como una grabación telefónica.
Así figura en la guía orientativa que la CNMV ha 'colgado' en su página de Internet para responder a las preguntas más frecuentes que ha recibido o que puedan tener los participantes del mercado, junto a un formulario a rellenar para comunicar las citadas operaciones.
Desde mañana la CNMV exige que se comuniquen dichas posiciones sobre acciones o cuotas participativas de 20 entidades españolas cuando se supere el 0,25% del capital social admitido a negociación.
Las ventas en corto son ventas que se realizan sin una compra previa de títulos, esperando un descuento de la cotización para poderlos comprar más tarde a un menor precio y saldar la venta con beneficios.
Las entidades a las que afecta esta medida son Banco de Andalucía, Banco de Castilla, Banco de Crédito Balear, Banco de Galicia, Banco Guipuzcoano, Banco Pastor, Banco Popular Español, Banco Sabadell, Banco Santander, Banco de Valencia, Banco de Vasconia, Banesto, Bankinter, BBVA, CAM, Grupo Catalana Occidente, Mapfre, Inverfiatc, BME y Renta 4.
Asimismo, el regulador recordó que existen normas que "prohíben y penalizan las ventas en corto descubiertas", por lo que instó a los miembros del mercado a asegurarse de que sus clientes y ordenantes cuenten con los valores antes de procesar sus órdenes de venta.
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