El gobierno aprueba la normativa de asesoramiento financiero
El Consejo de Ministros ha aprobado la Ley que transpondrá a la legislación española la directiva sobre el Mercado de Instrumentos Financieros (MIFID), que permitirá prestar servicios de asesoramiento financiero tanto a empresas especializadas, como a personas físicas o jurídicas. Inicialmente, esta posibilidad había quedado reservada a entidades de crédito y a un nuevo tipo de firmas de servicios financieros (ESIS), las sociedades de asesoramiento financiero (AFI), que se unirán a las actuales sociedades de valores, las agencias de valores y las sociedades gestoras de cartera.
27 Julio 2007 -
14:18
Actualizado a las
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Sin embargo, ante la demanda del sector, el Gobierno ha optado por permitir que también las personas físicas y otras compañías puedan prestar este servicio.
Las AFIS sólo podrán prestar asesoramiento en materia de inversión, así como asesorar a empresas sobre estructura del capital, estrategia industrial y cuestiones afines, o prestar los servicios relacionados con las operaciones de aseguramiento de emisiones o de colocaciones de valores.
Se excluye expresamente el asesoramiento que se dé en el ejercicio de otra actividad profesional principal no regulada en la Ley, siempre que dicho asesoramiento no sea específicamente remunerado.
Estas compañías no estarán autorizadas a tener fondos o valores de clientes, por lo que sus riesgos serán "mucho menores", según la nueva normativa, que define que el asesoramiento en materia de inversión consistirá en la prestación de recomendaciones personalizadas a un cliente, a petición de éste o por iniciativa de la ESIS, respecto a una o más operaciones relativas a instrumentos financieros.
A diferencia del resto de ESIS, las sociedades de asesoramiento financiero podrán nombrar un administrador único, en lugar de tres, y no estarán obligadas a constituirse como sociedades anónimas.
La Mifid, que debe entrar en vigor en noviembre, pretende completar la integración de los mercados financieros europeos y modernizarlos, así como reforzar la protección del inversor.
La normativa mejora la potestad supervisora de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y fomenta la cooperación entre los distintos entes supervisores de la Unión Europea.
Además, amplía el número de sistemas para la ejecución de operaciones sobre instrumentos financieros, de forma que a los mercados secundarios regulados se les suman los sistemas multilaterales de negociación y los sistemas de internalización de órdenes, que competirán con los actuales gestores de bolsa.
La Ley también obliga a las empresas de servicios de inversión a divulgar en el mercado información sobre los aspectos clave de su perfil de negocio, exposición al riesgo y formas de gestión del riesgo. Además, les exigirá llevar un registro de todas las operaciones que realicen, para facilitar la supervisión por parte de la CNMV.
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